El meticuloso proceso de instalación que plantea el proyecto Ñuble Región

Casi cuarenta páginas tiene el proyecto de ley que crea la Región del Ñuble, el cual fue enviado por el ministro del Interior, Jorge Burgos, a Hacienda, el pasado 25 de mayo, y que desde mediados de este mes ya se encuentra en manos de la Subdere con las debidas observaciones, listo para que la Presidenta Bachelet lo firme y sea remitido al Congreso.

Un trámite que la Mandataria quiere llevar a cabo en la zona, y que según ella misma le ha hecho saber a sus cercanos, debiera efectuarse dentro de los próximos días, a más tardar, el 20 de agosto, día en que la Jefa de Estado tiene agendado asistir a la ceremonia del natalicio de Bernardo O´Higgins, en Chillán Viejo.

LA DISCUSIÓN tuvo acceso exclusivo hace unos días al documento, el cual plantea la conformación de tres provincias: Diguillín, Punilla e Itata, cuyas capitales serán Bulnes, San Carlos y Quirihue. Chillán, en tanto, se erigirá como la capital regional.

También se estipulan zonas contiguas de pesca, lo que seguramente será tema de debate en el Parlamento, ya que algunos parlamentarios, como Jorge Sabag y Víctor Pérez, ya anunciaron que no están de acuerdo. Esto, debido a que los recursos de la futura Región del Ñuble no serán exclusivos para sus pescadores, quienes deberán compartirlos con los de la Región del Bío Bío, situación similar a la que acontece actualmente, pero que no satisface a los legisladores y a las comunas costeras (Cobquecura, Coelemu y Trehuaco).

Representación política

Otro punto que aclara el proyecto de ley es la representación electoral.

Se saca definitivamente a las comunas de Cabrero y Yumbel -pertenecientes a la Provincia de Bío Bío- del actual distrito 42 (futuro distrito 19, tras la reforma al binominal).

Ñuble, de contar actualmente con cuatro diputados, pasará a elegir cinco.

Para efectos de la Cámara Alta, por el hecho de conformarse una nueva región, se crea automáticamente la circunscripción de Ñuble, la cual, de acuerdo al texto legal que enviará el Ejecutivo al Parlamento, elegirá dos senadores.

Este punto también será tema de discusión en el Congreso, ya que si bien, de los cinco senadores que debiera elegir la Región del Bío Bío a partir del 2021, Ñuble se queda con dos -lo que es proporcional, de acuerdo a la población-, no lo es tanto a nivel país, ya que el nuevo sistema electoral le concedió tres senadores a regiones con similar o menor número de habitantes que Ñuble.

Según el Censo de 2002, Ñuble 438.103 habitantes; Antofagasta, 493.984; y Los Ríos, 356.396. Las regiones que elegirán dos senadores -que sería el caso de Ñuble-, tienen mucho menos población: Arica (189.644); Tarapacá (238.950); Atacama (254.336); Aysén (91.492); y Magallanes (150.826).

Es un tema complejo, pues no es fácil modificar el número de senadores a nivel nacional, por lo que para aumentar el número de representantes en Ñuble, se le deben “quitar” a otras zonas, como ocurrió con Antofagasta y Los Ríos, que aumentaron de dos a tres en la nueva ley electoral, debido a que la Región Metropolitana bajó sus representantes de 7 a 5.

Instalación

Junto con proponer la división político-administrativa; el régimen pesquero y la representación política de la futura región, el proyecto también dispone paso a paso el proceso de instalación, proceso que parte desde la fecha de publicación de la ley en el Diario Oficial, y que dura un año.

De acuerdo al artículo 18, las nuevas autoridades (intendente y gobernadores de Diguillín, Punilla e Itata), se nombrarán un año después que la ley sea publicada.

Mientras, el Presidente de la Repú blica podrá designar en comisión de servicio en el Gobierno Regional de Ñuble a un funcionario público de la administración central o descentralizada, por un plazo máximo de un año (tras lo cual se nombra a las autoridades), para la instalación y gestión del mismo.

Entre las disposiciones transitorias de la iniciativa legal, el artículo primero hace referencia a la transferencia en dominio gratuito que deberá efectuar el Gobierno Regional del Bío Bío al Gobierno Regional de Ñuble de los bienes inmuebles de su propiedad situados en el territorio de la nueva región, quedando autorizado para efectuar estas transferencias por el solo ministerio de la ley.

“El conservador de bienes raíces procederá a inscribir los inmuebles que se transfieren a nombre del Gobierno Regional de Ñuble en virtud de requerimiento escrito del intendente de esa región.

La transferencia de bienes indicada estará exenta de impuestos y de los derechos que procedan por tales inscripciones”, versa el articulado.

En tanto, las obligaciones y créditos contraídos por el Gobierno Regional del Bío Bío con anterioridad a la vigencia de la ley que crea la Región del Ñuble, que correspondan e incidan en el territorio de la nueva unidad administrativa, serán administrados por aquél, con cargo al presupuesto de la nueva región.

Distribución del FNDR

Respecto del financiamiento de la nueva región, el proyecto estipula que la distribución del 90 por ciento del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) del primer año de vigencia de la ley, se efectuará considerando el mismo número de regiones existente en el año precedente, y el monto que resulte para la Región del Bío Bío se distribuirá entre la nueva Región del Ñuble y la Región del Bío Bío ya modificada, considerando las dos variables establecidas en la ley 19.175: nivel socioeconómico de la región, medido en términos de indicadores que considerarán, a lo menos, la tasa de mortalidad infantil, el porcentaje de población en condiciones de pobreza, la tasa de desempleo, el producto per cápita regional y otros relativos a la calidad de vida en salud, educación y saneamiento ambiental; y la condición territorial particular de cada región, medida a través de indicadores que considerarán, a lo menos, la dispersión poblacional, la ruralidad de los centros de población, el deterioro ecológico, los diferenciales en el costo de obras de pavimentación y construcción y su distancia respecto de la Región Metropolitana, tomando además en cuenta la no renovabilidad de los recursos naturales que constituyan la base económica de la región.

Durante el segundo año de vigencia de la ley que crea la Región del Ñuble, se actualizarán los coeficientes de distribución del FNDR, y se dispondrán en la ley de presupuestos correspondiente, provisiones de recursos necesarias para compensar a aquellas regiones que en la distribución del 90 por ciento de este fondo, les pudiera corresponder un monto inferior al obtenido el año siguiente al de publicación de la ley, compensación que no se aplicará respecto de las eventuales diferencias que afecten a la Región del Bío Bío.

También durante el primer año desde que entre en vigencia la ley, el Gobierno Regional del Bío Bío deberá disponer las acciones necesarias para establecer los derechos y obligaciones que corresponderán al Gobierno Regional de Ñuble, y para asegurar su adecuado funcionamiento.

Con tal objeto, reunirá antecedentes sobre proyectos de inversión y estudios pendientes de financiamiento o en ejecución; contratos y convenios existentes que afectan el territorio de la Región de Ñuble; como asimismo, en relación con los bienes muebles e inmuebles y al presupuesto del Gobierno Regional, comprendiendo, además, toda información que afecte el territorio de la nueva región.

Los antecedentes deberán ser entregados al Gobierno Regional de Ñuble dentro de los primeros 10 días de vigencia de la ley.

Modificación de plantas funcionarias
Desde la fecha de publicación de la ley, y durante el plazo de un año, el Presidente de la República, mediante uno o más decretos con fuerza de ley expedidos por intermedio del Ministerio de Hacienda, y suscritos además por el ministro del ramo, modificará las plantas de personal de ministerios, servicios y organismos públicos, con el fin de dotar a la Región de Ñuble y a las provincias de Diguillín, Punilla e Itata, del personal necesario para el funcionamiento de aquellos en el nivel regional y provincial, según corresponda.

En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá crear empleos en las plantas y escalafones de personal de directivos correspondientes, fijar sus grados de ubicación, determinar requisitos para el ingreso y promoción; transformar cargos existentes, nominar determinados empleos y realizar todas las adecuaciones que sean necesarias.

De la misma forma, deberá traspasar al servicio administrativo del Gobierno Regional de la Región de Ñuble, sin alterar la calidad jurídica de la designación, a dos funcionarios de la planta del servicio administrativo del Gobierno Regional de la Región del Bío Bío. Del mismo modo, traspasará los recursos presupuestarios que se liberen por este hecho.

Los traspasos de personal que se disponga de conformidad con esta norma, no serán considerados como causal de término de servicios.

En tanto, a contar de la fecha de publicación de la ley que crea la Región del Ñuble, corresponderá al ministro del Interior y Seguridad Pública, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, coordinar la acción de los ministerios y servicios públicos para instalar y determinar la localización de las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales o provinciales que sean necesarias en las regiones de Ñuble y del Bío Bío, velando por asegurar una gestión eficiente, eficaz y adecuadamente desconcentrada de los órganos que integran la administración pública regional.

El proyecto de ley propone que un total de 88 personas conformen el personal de la nueva región.
Cincuenta y ocho corresponden a personal del servicio administrativo del Gobierno Regional, mientras que treinta pertenecerán a la planta de servicio del Gobierno Interior. En este último grupo se incluye al intendente y a los tres gobernadores.

Mientras no se establezcan en la nueva región la secretarías regionales ministeriales, las direcciones regionales de los servicios públicos centralizados, y las direcciones de los servicios territorialmente descentralizados, los órganos de la administración de la Región del Bío Bío continuarán cumpliendo sus funciones y ejercerán sus atribuciones en el territorio de ambas regiones. Los seremis, en tanto, serán colaboradores directos de ambos intendentes.

Todo lo propuesto en el proyecto de ley que la Presidenta Bachelet firmará próximamente, deberá ser discutido, analizado, modificado y enriquecido en el Parlamento.

Se estima que este trámite debiese durar como mínimo dos años desde que la iniciativa es enviada. Esto, teniendo en cuenta que ingresará sin urgencia, y que ése fue el plazo que demoró la aprobación de las regiones de Arica y Parinacota y Los Ríos.

Es decir, a fines de 2017, podría haber luz verde para iniciar el proceso de instalación de la nueva región. Eso, sólo si la Presidenta cumple con su compromiso, y envía el proyecto antes del 20 de agosto próximo.