Constitucionalistas anticipan el escenario final de la Región de Ñuble en el TC

22 de Diciembre 2015/SANTIAGO Jueces del Tribunal Constitucional. Inicio de alegatos por acoso a información en el marco del caso de colusión entre CMPC y SCA Chile. FOTO: JORGE FUICA/AGENCIAUNO
Ad portas que el Tribunal Constitucional (TC) dictamine sentencia respecto del proyecto de ley que crea la Región de Ñuble, abogados constitucionalistas adelantan la ponderación que esa magistratura otorgará al articulado legal, pero también a las argumentaciones contrarias a la iniciativa ñublensina.
Durante esta semana, el pleno de diez magistrados que componen el TC, han tenido a la vista el oficio enviado por el Congreso -el 18 de julio pasado- y los escritos de personeros y abogados penquistas y santiaguinos que se oponen a la iniciativa, cuyo principal cuestionamiento es una supuesta inconstitucionalidad de la proporcionalidad parlamentaria que originaría la nueva unidad político administrativa. Esto pues, indican, Bío Bío (Arauco, Concepción y Bío Bío) quedaría con tres senadores, con una cantidad superior de habitantes que las regiones del Maule y La Araucanía, que cuentan con cinco representantes en la Cámara Alta. También se cuestiona que los consejeros regionales electos en noviembre próximo, lo harán integrando un cuerpo colegiado que representa al Bío Bío, y no a Ñuble (en el caso de los seis cores ñublensinos).
El diputado Jorge Ulloa (UDI) utilizó esa base para solicitar reserva constitucional durante la tramitación legislativa, pero el primero en recurrir con un escrito ante el TC, fue el diputado Marcelo Chávez (DC), quien adjuntó copia de una sesión de la Comisión de Gobierno, desarrollada en marzo pasado. En esa instancia, el abogado y académico de la U. de Chile, Augusto Quintana, expuso la teoría del vicio de proporcionalidad.
“(…) El proyecto de ley resquebraja el criterio de proporcionalidad relativa y, por tal vía, vulnera el thelos constitucional. En efecto, al establecer que tanto la nueva Región del Bío Bío como la Región del Ñuble tendrán una representación en el Senado inferior a la de otras regiones menos pobladas”, dice Quintana. A la presentación detractora de Chávez se sumaron otras de la Corporación Fundamental, de la Mesa Mejores Regiones para Chile, y del propio Quintana. En contrapartida, el senador Felipe Harboe (PPD) presentó un escrito desvirtuando las posiciones penquistas.
La duda que surge es cuál es la incidencia que esos argumentos tienen en el control preventivo de constitucionalidad que el artículo 93 Nº 1 de la Carta Fundamental mandata realizar al TC.
Visión de los expertos
Tomás Vial, profesor de la Facultad de Derecho Constitucional de la Universidad Diego Portales, sostiene que en el control de oficio, los ministros tienen competencias amplias para juzgar potenciales vicios de inconstitucionalidad. “Formalmente los escritos no obligan a nada, pero es claro que si tienen fundamentos, pueden servir para que los ministros fallen contra el proyecto”, advierte, reiterando que “formalmente (las impugnaciones) no tienen incidencia alguna, pues es control obligatorio, pero en la práctica puede que sean considerados”.
Ex abogado integrante 
El ex ministro de Justicia (2011-2012), Teodoro Ribera, fue abogado integrante del TC, entre 2006 y 2009, por lo que conoce de primera fuente la dinámica interna de ese tribunal. Ello, considerando que las dos sesiones (martes y jueves) en las que se analizó el proyecto, se desarrollaron a puertas cerradas, sin acceso de público, ni prensa.
“El TC, respecto de las leyes orgánico constitucionales, entre ellas, la que crea una región, necesariamente debe verificar que la nueva unidad territorial o ley que se crea, no viole disposiciones constitucionales. El TC ejerce esta función de oficio, siendo un control obligatorio, en el cual no existen audiencias públicas, ni alegatos, porque es una revisión interna y como ya está dicho, es obligatoria”, explica Ribera, actual rector de la Universidad Autónoma de Chile (UA).
No obstante, agrega, si “las personas hacen llegar sus opiniones al TC, éste, bajo el principio de derecho de petición que tienen todos los ciudadanos, incorpora o deja constancia de los escritos que se le han hecho llegar con opiniones afirmativas o divergentes”. Respecto a la influencia que esas opiniones puedan ejercer entre los ministros, Ribera es categórico: “Las argumentaciones a favor o en contra del proyecto, pueden influir, solo en la medida que sostengan que el texto legal en cuestión, contempla alguna disposición que conduce a una inconstitucionalidad”. Por ello, sostiene, el TC, no evalúa el mérito, “que sea positivo o malo crear una región, sino que evalúa si existe alguna norma que viole la Constitución”. En el caso, que el TC acoja alguno de los argumentos contrarios, el ex titular de Justicia estima que ello no derivaría en un rechazo total del cuerpo legal, sino que sería parcial. “Si el TC considera que existe inconstitucionalidad, obligará a eliminar aquella parte del texto legal. No necesariamente cae la ley completa, sino que cae un artículo, párrafo, o un inciso determinado del proyecto de ley. De ocurrir, lo elimina el propio TC, directamente”, puntualiza Ribera.